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Boletín 2019 - 160

Publicado el
07 de Octubre de 2019

El SAT entrega información de créditos cancelados y condonados

El Servicio de Administración Tributaria informa que, en estricto apego al artículo 6 de la Constitución, que consagra el derecho a la máxima publicidad de la información pública, y el no menos estricto acatamiento a un mandato judicial, entregó al quejoso la información relativa al nombre, denominación social, clave de RFC, motivo y monto de créditos fiscales condonados o cancelados por el periodo del 1 de enero de 2007 al 4 de mayo de 2015.

Durante su participación, la Jefa del SAT, Margarita Ríos-Farjat, señaló que lo anterior se hizo con estricto respeto de la reserva de información, de la resolución del Poder Judicial de la Federación y después de un litigio en el que el quejoso, integrante de la asociación Fundar, obtuvo de un juez federal una sentencia en 2016 que obligaba al SAT a transparentar el nombre de los contribuyentes a quienes se les condonaron impuestos durante el periodo citado, resolución ejemplar e histórica que contribuye al civismo fiscal del país.

Ríos-Farjat refirió el origen: que el 21 de agosto de 2015 se solicitó al SAT, a través del INAI, la información relativa a condonaciones y cancelaciones otorgadas en ese periodo. Sin embargo, el SAT estaba imposibilitado para poder dar esta información porque la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de 2002 consideraba como información reservada los secretos fiscales; y el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación era aún más rígido en cuanto al secreto fiscal antes de 2014.

 

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Anexo 1

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