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Boletín 2020 - 88

Publicado el
21 de Mayo de 2020

PRODECON / Boletín del mes de abril de 2020

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer por medio de su página de Internet: www.prodecon.gob.mx, su Boletín número 4 correspondiente al mes de abril de 2020 que contempla, entre otros, los siguientes logros:

 

  1. A través de su servicio de Asesoría, apoyó a una Contribuyente para obtener la devolución del ISR que le fue retenido de forma indebida por el pago de salarios caídos.
  2. Auxilió a una Contribuyente a presentar la solicitud de Condonación de multas, en términos del artículo 74 del CFF.
  3. Asesoró a un Contribuyente para obtener la devolución de su saldo a favor del ISR correspondiente al ejercicio 2018, derivado que la autoridad se lo había negado por no acumular los ingresos de un retenedor que desconocía.
  4. A través del servicio de Asesoría, que el SAT efectúe la devolución del pago de lo indebido por concepto de dos multas declaradas nulas mediante sentencia definitiva.
  5. A través del servicio de Asesoría, apoya a contribuyentes Personas Físicas a obtener la devolución de su saldo a favor de ISR 2019.
  6. A través del servicio de Representación Legal, logró que se declarara la nulidad de diversas multas impuestas a una Contribuyente, en virtud de que la autoridad hacendaria no acreditó haber notificado legalmente el requerimiento en el cual se encontraba sustentada su imposición.
  7. Mediante su servicio de Representación Legal, logró que se declarara la nulidad de una resolución determinante de un crédito fiscal por concepto de cuotas obrero-patronales por obra de construcción, toda vez que la autoridad emisora no tenía competencia territorial en relación con la ubicación de la obra.
  8. Consigue, a través del procedimiento de Queja, que el SAT actualice su base de datos a fin de que una Contribuyente facture bajo el Régimen de las Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, al demostrarse que presentó en tiempo y forma el aviso de cambio de régimen.
  9. Mediante el procedimiento de Queja, obtiene que el IMSS ordene la liberación de las cuentas bancarias de una Persona Moral, al constatar que con motivo de la transferencia de fondos efectuada se cubrió el adeudo a su cargo.
  10. A través del procedimiento de Queja, logra que el SAT resuelva una aclaración electrónica y emita en sentido positivo la opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales de una Contribuyente que no está obligada a presentar la Declaración Anual de ISR.

 

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